Salvo excepciones, la publicación de datos de carácter personal a través de internet constituye un tratamiento al que resulta aplicable la normativa de protección de datos. En consecuencia, para determinar la licitud de este tratamiento debe analizarse si se cumple alguno de los requisitos legalmente previstos.
La publicación de sus datos estará legitimada, por ejemplo, cuando usted lo hubiera
consentido expresamente o cuando sea necesaria para la
ejecución de un contrato en el que usted es parte o para la aplicación de medidas precontractuales solicitadas por usted.
También está legitimada la publicación de sus datos en los supuestos en los que es necesaria para el cumplimiento de una
obligación legal aplicable al responsable del tratamiento, para
proteger sus intereses vitales o los de otra persona física o para el cumplimiento de una
misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.
La publicación de datos personales en internet se considerará lícita asimismo cuando sea necesaria para la satisfacción de
intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento o por un tercero, siempre que sobre dichos intereses no prevalezcan sus intereses o los derechos y libertades fundamentales que requieran la protección de sus datos personales o los de sus hijos menores. En estos supuestos debe ponderarse si el derecho de protección de datos prevalece frente a, por ejemplo, el derecho de libertad de información de los medios de comunicación o el de libertad de expresión de terceros.
Debe saber, no obstante, que su derecho de protección de datos es independiente de los derechos que otorga la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del
derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, los cuales puede ejercitar no ante esta Agencia, sino
ante la instancia jurisdiccional competente.
